En el presente artículo se analiza el asunto A, B y C vs. Irlanda, en el que las demandantes denunciaron la incompatibilidad de la regulación del aborto en derecho irlandés con el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Se abordarán específicamente aquellas partes de la sentencia dictada por la Corte Europea de Derechos Humanos relacionadas con el rol del consenso europeo en la determinación del margen de apreciación que se concede a los Estados en el marco de la restricción de los derechos reconocidos por el Convenio. La tesis que se defenderá es que esta sentencia supone un “punto de inflexión” en la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo, apuntando algunas de las consecuencias negativas que ello entraña, desde una perspectiva crítica de las consideraciones que guían el razonamiento del Tribunal.